lunes, 27 de abril de 2015

Adoptar un buen acuerdo para regular la ruptura familiar.


La adopción de un “buen” acuerdo entre los progenitores que se enfrentan a la regulación de la situación post-ruptura, ciertamente, no siempre resulta una labor fácil. Las diferentes situaciones que pueden provocar la ruptura familiar y los sentimientos implicados normalmente tienden a dificultar la adopción de estrategias que favorezcan una rápida y adecuada resolución.

Ante la inminencia de la ruptura, la pareja puede entrar en fuertes controversias sobre sus intereses individuales. No obstante, cuando existen hijos, por fuerza deberemos considerar siempre que el buen acuerdo será aquel que más tenga en cuenta los intereses y necesidades de ellos y que facilite la adaptación de todos los miembros de la familia a la nueva situación.

Sin duda, cada miembro de la pareja tiene derecho a continuar con su vida de forma independiente. Pero no podemos olvidar que también los hijos tienen derecho a continuar con sus relaciones familiares aunque el matrimonio termine.

Pautas a considerar:

-          En ningún caso  debe involucrarse a los niños en las discusiones sobre las medidas a adoptar.

-          Los progenitores deben intentar mantener los conflictos de pareja al margen de los datos objetivos que se deben valorar.

-          Es preciso recordar que las discusiones repletas de recriminaciones mutuas difícilmente contribuirán a resolver la situación. Si el diálogo se transforma en una dura confrontación es preferible interrumpirlo y proseguir en otro momento.

-          Es fundamental tomar en consideración las necesidades e intereses de los hijos.

-          Las cuestiones económicas referidas a la manutención y educación de los hijos pueden basarse en datos suficientemente objetivos y contrastables. Es necesario intenta que las emociones no dificulten la capacidad de valoración.

-          La estructura que se adopte en cuanto a la custodia de los hijos debe respetar en lo posible la pauta de relación que ha constituido su forma de vida habitual y, en cualquier caso garantizar su derecho a relacionarse libremente con ambos progenitores.

 

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